viernes, 27 de septiembre de 2024

Sentencia KV de 19 de septiembre de 2024

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 19 de septiembre de 2024 (*)

 

« Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 1999/70/CE — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada — Cláusula 4 — Principio de no discriminación — Contratación de un trabajador con contrato de duración determinada como trabajador con contrato de duración indefinida — Determinación de la antigüedad — No consideración de los períodos de empleo completados en el marco de contratos de trabajo de duración determinada celebrados antes de la expiración del plazo de transposición de la Directiva 1999/70 — Aplicación inmediata a los efectos futuros de una situación nacida bajo la vigencia de la ley anterior »

En el asunto C439/23, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunale civile di Padova (Tribunal Civil de Padua, Italia), mediante resolución de 22 de junio de 2023, recibida en el Tribunal de Justicia el 13 de julio de 2023, en el procedimiento entre

KV y Consiglio Nazionale delle Ricerche (CNR),

el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) declara:

La cláusula 4, puntos 1 y 4, del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada, debe interpretarse en el sentido de que se opone a que la antigüedad adquirida por un trabajador en virtud de contratos de trabajo de duración determinada ejecutados total o parcialmente antes de la fecha de expiración del plazo de transposición de esa Directiva no se tenga en cuenta para determinar la retribución del trabajador en el momento de su contratación por tiempo indefinido después de dicha fecha, a menos que esta exclusión esté justificada por razones objetivas.

 

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=290214&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=1953098

 

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