jueves, 16 de junio de 2016

Sentencia Rodríguez Sánchez de 16 de junio de 2016



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda)
de 16 de junio de 2016 (*)

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2010/18/UE — Acuerdo marco revisado BUSINESSEUROPE, UEAPME, CEEP y CES sobre el permiso parental — Conciliación entre la vida profesional y la vida familiar — Reincorporación de una socia trabajadora tras el permiso de maternidad — Petición de reducción de jornada y de concreción horaria — Situación no incluida en el ámbito de aplicación de la cláusula 6, apartado 1, del Acuerdo marco revisado — Inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial»

En el asunto C351/14, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Juzgado de lo Social n.º 33 de Barcelona, mediante auto de 15 de julio de 2014, recibido en el Tribunal de Justicia el 22 de julio de 2014, en el procedimiento entre

Estrella Rodríguez Sánchez y Consum Sociedad Cooperativa Valenciana,

el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:

La petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social n.º 33 de Barcelona es inadmisible

miércoles, 15 de junio de 2016

Sentencia Comisión c. Reino Unido de 14 de junio de 2016



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera)
de 14 de junio de 2016 (*)

«Incumplimiento de Estado — Coordinación de los sistemas de seguridad social — Reglamento (CE) n.º 883/2004 — Artículo 4 — Igualdad de trato en relación con el acceso a las prestaciones de seguridad social — Derecho de residencia — Directiva 2004/38/CE — Legislación nacional que deniega la concesión de determinados complementos familiares o de un crédito fiscal por hijo a cargo a los nacionales de los demás Estados miembros que no tengan derecho de residencia legal»

En el asunto C308/14, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 258 TFUE, el 27 de junio de 2014,

Comisión Europea contra Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,

el Tribunal de Justicia (Sala Primera) decide:

1)      Desestimar el recurso.

2)      Condenar en costas a la Comisión.


viernes, 10 de junio de 2016

Sentencia Eurospeed de 9 de junio de 2016



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 9 de junio de 2016 (*)

«Procedimiento prejudicial — Transportes por carretera — Reglamento (CE) n.º 561/2006 — Responsabilidad del conductor por incumplir la obligación de utilizar un tacógrafo»

En el asunto C287/14, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Gyulai törvényszék (Tribunal General de Gyula, Hungría), mediante resolución de 4 de junio de 2014, recibida en el Tribunal de Justicia el 11 de junio de 2014, en el procedimiento entre

Eurospeed Ltd y Szegedi törvényszék,

el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) declara:

El Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos del Consejo (CEE) n.º 3821/85 y (CE) n.º 2135/98 y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que, en lugar de a la empresa de transporte para la que trabaja el conductor o además de a ésta, hace responsable a ese conductor de las infracciones del referido Reglamento que éste cometa.

martes, 31 de mayo de 2016

CONCLUSIONES DE LA ABOGADO GENERAL SRA. JULIANE KOKOTT de 31 de mayo de 2016

Asunto C‑157/15
Samira Achbita
y
Centrum voor gelijkheid van kansen en voor racismebestrijding
contra
G4S Secure Solutions NV

[Petición de decisión prejudicial del Hof van Cassatie (Tribunal de Casación) (Bélgica)]

«Derechos fundamentales — Directiva 2000/78/CE — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Concepto de discriminación por motivos de religión o convicciones — Diferenciación entre discriminación directa e indirecta — Justificación — Prohibición interna de la empresa de llevar símbolos políticos, filosóficos y religiosos visibles — Neutralidad religiosa y de convicciones — Despido de una trabajadora de religión musulmana por su firme intención de llevar velo islámico en el trabajo»

1) Cuando se prohíbe a una trabajadora de confesión musulmana llevar velo islámico en el trabajo, no existe una discriminación directa por motivos de religión en el sentido del artículo 2, apartado 2, letra a), de la Directiva 2000/78/CE si dicha prohibición se basa en una norma general de empresa dirigida a prohibir el uso de símbolos visibles políticos, filosóficos y religiosos en el trabajo y no se basa en estereotipos o prejuicios contra una o varias religiones concretas ni contra las creencias religiosas en general. No obstante, dicha prohibición puede constituir una discriminación indirecta por motivos de religión con arreglo al artículo 2, apartado 2, letra b), de la Directiva.

2)      Tal discriminación puede estar justificada para imponer una política de neutralidad religiosa y de creencias obligatoria para los trabajadores de la empresa, siempre que se respete el principio de proporcionalidad.
A este respecto, debe tenerse en cuenta, en particular:
–      el tamaño y la vistosidad del símbolo religioso,
–      el tipo de actividad de la trabajadora,
–      el contexto en que desarrolle dicha actividad y
–      la identidad nacional del Estado miembro de que se trate.

Texto completo 

jueves, 26 de mayo de 2016

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. YVES BOT presentadas el 26 de mayo de 2016

Asunto C‑395/15
Mohamed Daouidi
contra
Bootes Plus, S.L.,
Fondo de Garantía Salarial,
Ministerio Fiscal

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social n.º 33 de Barcelona)

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2000/78/CE — Artículos 1 a 3 — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal — Discriminación por razón de discapacidad — Concepto de “discapacidad” — Carácter duradero de la limitación»

Habida cuenta de todas las consideraciones anteriores, propongo responder a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Social n.º 33 de Barcelona del modo siguiente:
«La Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, debe interpretarse en el sentido de que la situación en la que se halla un trabajador en situación de incapacidad temporal ―de duración incierta― por causa de un accidente laboral puede calificarse de “discapacidadˮ en el sentido de dicha Directiva cuando acarree una limitación derivada, en particular, de dolencias físicas duraderas, que, al interactuar con diversas barreras, pueda impedir la participación plena y efectiva de la persona de que se trate en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores. Corresponderá al órgano jurisdiccional nacional comprobar si, en el asunto principal, concurren estos requisitos.»

Sentencia Kohll de 26 de mayo de 2016



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima)
de 26 de mayo de 2016 (*)


«Procedimiento prejudicial — Artículos 21 TFUE y 45 TFUE — Libre circulación y libertad de residencia de las personas y de los trabajadores — Impuesto sobre la renta — Pensión de jubilación — Crédito fiscal para pensionistas — Requisitos para su concesión — Posesión de una ficha de retenciones fiscales expedida por la Administración nacional»

En el asunto C300/15, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el tribunal administratif (Tribunal Contencioso-Administrativo) (Luxemburgo), mediante resolución de 16 de junio de 2015, recibida en el Tribunal de Justicia el 19 de junio de 2015, en el procedimiento entre

Charles Kohll, Sylvie Kohll-Schlesser y Directeur de l’administration des contributions directes,

el Tribunal de Justicia (Sala Décima) declara:

Los artículos 21 TFUE y 45 TFUE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa fiscal nacional, como la controvertida en el asunto principal, que reserva el crédito fiscal para pensionistas a los sujetos pasivos que estén en posesión de una ficha de retenciones fiscales.