SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta)
de 4 de octubre de
2024 (*)
« Procedimiento prejudicial —
Política social — Igualdad de trato entre los hombres y las mujeres en el
empleo y la ocupación — Directiva 2006/54/CE — Artículo 2, apartado 1, letra e)
— Concepto de “retribución” — Artículo 4 — Prohibición de toda discriminación
indirecta por razón de sexo »
En el asunto C‑314/23,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por la Audiencia Nacional, mediante auto de 17 de
marzo de 2023, recibido en el Tribunal de Justicia el 22 de mayo de 2023, en el
procedimiento entre
Sindicato de Tripulantes
Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (STAVLA), Ministerio Fiscal y Air Nostrum,
Líneas Aéreas del Mediterráneo, S. A., Federación de Servicios de Comisiones
Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadores (UGT), Unión Sindical Obrera
(USO), Comité de empresa de Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, S. A., Dirección
General de Trabajo e Instituto de las Mujeres, con intervención de: Sindicato
Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), Sindicato Unión Profesional de
Pilotos de Aerolíneas (UPPA),
el Tribunal de Justicia (Sala
Cuarta) declara:
Los artículos 2, apartado 1,
letra e), y 4 de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de
oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo
y ocupación, deben interpretarse en el sentido de que, por una parte, las
dietas que indemnizan a tanto alzado determinados gastos que los trabajadores
afrontan en razón de sus desplazamientos profesionales constituyen un elemento
de su retribución y, por otra parte, una diferencia en la cuantía de tales dietas,
en función de si se abonan a un grupo de trabajadores mayoritariamente
compuesto por hombres o a un grupo de trabajadores mayoritariamente integrado
por mujeres, no está prohibida por dicha Directiva cuando estos dos grupos de
trabajadores no realizan el mismo trabajo o un trabajo al que se atribuye un
mismo valor.
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