viernes, 28 de noviembre de 2025

Sentencia Artollisi de 20 de noviembre de 2025

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Octava)

de 20 de noviembre de 2025 (*)

 

« Procedimiento prejudicial — Libre circulación de personas — Artículos 45 TFUE y 49 TFUE — Reconocimiento de cualificaciones profesionales — Derecho a ejercer la profesión de docente de apoyo educativo en un Estado miembro — Nacionales de ese Estado miembro que han obtenido un título de formación expedido por un centro de enseñanza superior privado en otro Estado miembro — Título que no es legalmente reconocido y que no da acceso a la profesión correspondiente en este último Estado miembro — Obligación del primer Estado miembro de tomar en consideración todos los diplomas, certificados y otros títulos de que disponga el interesado — Excepción »

En los asuntos acumulados C340/24 y C442/24 [Artollisi y Lescolanno], (i) que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunale amministrativo regionale per il Lazio (Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Lacio, Italia), mediante resoluciones de 3 de mayo y de 17 de junio de 2024, recibidas en el Tribunal de Justicia los días 9 de mayo y 21 de junio de 2024, respectivamente, en los procedimientos entre

EW (C340/24), LO (C442/24) y Ministero dell’Istruzione e del Merito (C340/24 y C442/24), Ministero dell’Università e della Ricerca (C340/24),

el Tribunal de Justicia (Sala Octava) declara:

Los artículos 45 TFUE y 49 TFUE deben interpretarse en el sentido de que no imponen al Estado miembro de acogida la obligación de tomar en consideración, en el marco del examen de una solicitud de reconocimiento de cualificaciones profesionales, un título de formación obtenido en otro Estado miembro que no es legalmente reconocido por este Estado y no tiene ningún carácter oficial en dicho Estado.

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=306379&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=13137406

 

 

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