domingo, 11 de noviembre de 2018

Sentencia O'Brien de 7 de noviembre de 2018


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera)
de 7 de noviembre de 2018 (*)

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 97/81/CE — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo a tiempo parcial — Cláusula 4 — Principio de no discriminación — Trabajadores a tiempo parcial — Pensión de jubilación — Cálculo del importe de la pensión — Consideración de los años de servicio prestados antes de la expiración del plazo de transposición de la Directiva 97/81/CE — Aplicación inmediata a los efectos futuros de una situación nacida durante la vigencia de la ley anterior»

En el asunto C‑432/17, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Supreme Court of the United Kingdom (Tribunal Supremo del Reino Unido), mediante resolución de 12 de julio de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia el 17 de julio de 2017, en el procedimiento entre

Dermod Patrick O’Brien y Ministry of Justice, anteriormente Department for Constitutional Affairs,


el Tribunal de Justicia (Sala Primera) declara:

La Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo Marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES, en su versión modificada por la Directiva 98/23/CE del Consejo, de 7 de abril de 1998, debe interpretarse en el sentido de que, en un caso como el controvertido en el litigio principal, los períodos de antigüedad anteriores a la fecha de expiración del plazo de transposición de la Directiva 97/81, en su versión modificada por la Directiva 98/23, deben tenerse en cuenta para la determinación de los derechos a pensión de jubilación.


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