Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Superior de Justicia de Galicia
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Sindicato Nacional de CCOO de Galicia
Demandadas: Unión General de Trabajadores de Galicia (UGT), Universidad de Santiago de Compostela, Confederación Intersindical Gallega
Cuestiones prejudiciales
¿Debe
considerarse a los trabajadores contratados por aplicación del artículo
20 de la Ley 14/20[1]1, de 1 de junio, de la Ciencia, [la] Tecnología y
la Innovación, incluidos en el ámbito del Acuerdo Marco sobre trabajo
de duración determinada suscrito entre la CES, la UNICE y el CE[E]P que
dio lugar a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999?
¿Debe
considerarse la indemnización por extinción de los contratos de trabajo
una condición de trabajo en los términos [de la cláusula] 4 del Acuerdo
Marco?
De ser las respuestas afirmativas : ¿deben
considerarse comparables la extinción del contrato de trabajo de los
trabajadores contratados por aplicación de la Ley 14/20[1]1, de 1 de
junio, de la Ciencia, [la] Tecnología y la Innovación con la extinción
de los contratos indefinidos por causas objetivas en aplicación del
artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores?
De ser afirmativo: ¿existe alguna causa legislativa para las diferencias?
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