Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Magdalena Molina Rodríguez
Demandada: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Cuestión prejudicial
¿La
prohibición de discriminación indirecta por razón de sexo establecida
en el art. 4.1 de dicha Directiva 79/7[/CEE del Consejo, de 19 de
diciembre de 1978,] relativa a la aplicación progresiva del principio de
igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad
social1
, debe ser interpretada en el sentido que se opone a una norma nacional
como el artículo 215.1.3 de la Ley General de la Seguridad Social
(aprobado por el RDleg 1/94), que, en la versión reformada por el Real
Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo, para acceder al subsidio por
desempleo para trabajadores mayores de 55 años incorpora un nuevo
requisito – la no superación de rentas en la unidad familiar – cuando
ello genera una restricción en el acceso a dicho subsidio
significativamente más elevada en el colectivo de potenciales
beneficiarias de sexo femenino (en relación a los de sexo masculino)
según evidencian los datos estadísticos aportados?
No hay comentarios:
Publicar un comentario