lunes, 15 de febrero de 2016

Sentencia Comisión contra Chipre, 21 de enero de 2016

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 21 de enero de 2016 (*)

«Incumplimiento de Estado — Libre circulación de personas — Trabajadores — Artículos 45 TFUE y 48 TFUE — Prestaciones de vejez — Diferencia de trato por razón de edad — Funcionarios de un Estado miembro menores de 45 años y que abandonan ese Estado miembro para ejercer una actividad profesional en otro Estado miembro o en el seno de una institución de la Unión Europea»

En el asunto C515/14,que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 258 TFUE, el 14 de noviembre de 2014,

Comisión Europea contra República de Chipre,

el Tribunal de Justicia (Sala Primera) decide:

1)      Declarar que la República de Chipre ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 45 TFUE y 48 TFUE así como del artículo 4 TUE, apartado 3, al no haber suprimido, con efectos retroactivos desde el 1 de mayo de 2004, el requisito relativo a la edad previsto en el artículo 27 de la Ley 97 (I)/1997, sobre pensiones, que disuade a los trabajadores de abandonar su Estado miembro de origen para ejercer una actividad profesional en otro Estado miembro o en el seno de una institución de la Unión Europea o de otra organización internacional y que da lugar a una desigualdad de trato entre los trabajadores migrantes, incluidos aquellos que trabajan en las instituciones de la Unión Europea o en otra organización internacional, por una parte, y los funcionarios que han ejercido su actividad en Chipre, por otra.

2)      Condenar en costas a la República de Chipre.

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