SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda)
de 24 de noviembre de
2016 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Política social — Directiva 2008/94/CE — Artículo 8 — Protección de los
trabajadores asalariados en caso de insolvencia de su empresario —
Disposiciones relativas a la seguridad social — Alcance — Medidas necesarias
para proteger los derechos adquiridos o en curso de adquisición de los
trabajadores asalariados en el marco de un régimen complementario de pensión —
Obligación de establecer un derecho de separación de la masa concursal de las
aportaciones impagadas a planes de pensiones — Inexistencia»
En el asunto C‑454/15,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por el Hessisches Landesarbeitsgericht (Tribunal
Regional de Trabajo de Hesse, Alemania), mediante resolución de 1 de abril de
2015, recibida en el Tribunal de Justicia el 24 de agosto de 2015, en el
procedimiento entre
Jürgen Webb-Sämann y Christopher
Seagon
el Tribunal de Justicia (Sala
Segunda) declara:
El artículo 8 de la Directiva
2008/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008,
relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia
del empresario, debe interpretarse en el sentido de que no obliga, en caso de
insolvencia del empresario, a excluir de la masa concursal las retenciones
salariales convertidas en aportaciones a un plan de pensiones de un antiguo
empleado, que dicho empresario debió haber ingresado en una cuenta de pensiones
en beneficio de tal empleado.
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