SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)
de 4 de diciembre de
2018 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Igualdad de trato en materia de empleo — Directiva 2000/78/CE — Prohibición de
discriminación por razón de la edad — Selección de los agentes de policía —
Órgano nacional creado por la ley a fin de garantizar la aplicación del Derecho
de la Unión en un ámbito específico — Facultad de dejar inaplicada la
legislación nacional contraria al Derecho de la Unión — Primacía del Derecho de
la Unión»
En el asunto C‑378/17,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por la Supreme Court (Tribunal Supremo, Irlanda),
mediante resolución de 16 de junio de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia
el 22 de junio de 2017, en el procedimiento entre
Minister for Justice
and Equality, Commissioner of An Garda Síochána y Workplace Relations
Commission, con intervención de: Ronald Boyle y otros,
el Tribunal de Justicia (Gran
Sala) declara:
El Derecho de la Unión, y, en
particular, el principio de primacía de este Derecho, debe interpretarse en el
sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el
litigio principal, en virtud de la cual un órgano nacional, creado por la ley a
fin de garantizar la aplicación del Derecho de la Unión en un ámbito
específico, carece de competencia para decidir dejar inaplicada una norma de
Derecho nacional contraria al Derecho de la Unión.
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