jueves, 11 de junio de 2020

Sentencia Comisión/Dôvera zdravotná poistʼovňa de 11 de junio de 2020


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)

de 11 de junio de 2020 (*)

«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Sistema de seguridad social — Entidades encargadas del seguro de enfermedad — Conceptos de “empresa” y “actividad económica” — Finalidad social — Principio de solidaridad — Control del Estado — Apreciación global — Posibilidad de perseguir la realización de beneficios — Competencia residual en lo que concierne a la calidad y a la oferta de las prestaciones del seguro de enfermedad»

En los asuntos acumulados C262/18 P y C271/18 P, que tienen por objeto sendos recursos de casación interpuestos, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en los días 16 y19 de abril de 2018,

Comisión/Dôvera zdravotná poistʼovňa

el Tribunal de Justicia (Gran Sala) decide:

1)      Anular la sentencia del Tribunal General de 5 de febrero de 2018, Dôvera zdravotná poist'ovňa/Comisión (T216/15, no publicada, EU:T:2018:64).

2)      Desestimar el recurso interpuesto por Dôvera zdravotná poisťovňa, a. s., en el asunto T216/15.

3)      Condenar a Dôvera zdravotná poisťovňa a cargar con las costas en que haya incurrido la Comisión Europea en el marco de los presentes recursos de casación y en el procedimiento sustanciado ante el Tribunal General, y con las costas en que ella misma haya incurrido en el marco de estos procedimientos. Además, Dôvera zdravotná poisťovňa cargará con las costas en que haya incurrido la República Eslovaca en el marco de los presentes recursos de casación.

4)      La República Eslovaca cargará con sus propias costas en el marco del procedimiento sustanciado ante el Tribunal General.

5)      Union zdravotná poisťovňa, a. s. cargará con sus propias costas en el marco de los presentes recursos de casación y del procedimiento sustanciado ante el Tribunal General.

6)      La República de Finlandia cargará con sus propias costas en el marco de los presentes recursos de casación.



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