SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)
de 11 de junio de
2020 (*)
«Recurso de casación — Ayudas de
Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Sistema de seguridad social —
Entidades encargadas del seguro de enfermedad — Conceptos de “empresa” y
“actividad económica” — Finalidad social — Principio de solidaridad — Control
del Estado — Apreciación global — Posibilidad de perseguir la realización de
beneficios — Competencia residual en lo que concierne a la calidad y a la
oferta de las prestaciones del seguro de enfermedad»
En los asuntos acumulados C‑262/18
P y C‑271/18
P, que tienen por objeto sendos recursos de casación interpuestos, con arreglo
al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en
los días 16 y19 de abril de 2018,
Comisión/Dôvera zdravotná
poistʼovňa
el Tribunal de Justicia (Gran
Sala) decide:
1) Anular la sentencia del Tribunal General
de 5 de febrero de 2018, Dôvera zdravotná poist'ovňa/Comisión (T‑216/15,
no publicada, EU:T:2018:64).
2) Desestimar el recurso interpuesto por
Dôvera zdravotná poisťovňa, a. s., en el asunto T‑216/15.
3) Condenar a Dôvera zdravotná poisťovňa a
cargar con las costas en que haya incurrido la Comisión Europea en el marco de
los presentes recursos de casación y en el procedimiento sustanciado ante el
Tribunal General, y con las costas en que ella misma haya incurrido en el marco
de estos procedimientos. Además, Dôvera zdravotná poisťovňa cargará con las
costas en que haya incurrido la República Eslovaca en el marco de los presentes
recursos de casación.
4) La República Eslovaca cargará con sus
propias costas en el marco del procedimiento sustanciado ante el Tribunal
General.
5) Union zdravotná poisťovňa, a. s. cargará
con sus propias costas en el marco de los presentes recursos de casación y del
procedimiento sustanciado ante el Tribunal General.
6) La República de Finlandia cargará con sus
propias costas en el marco de los presentes recursos de casación.
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