jueves, 11 de junio de 2020

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MICHAL BOBEK presentadas el 11 de junio de 2020


Asunto C300/19

UQ contra Marclean Technologies, S. L. U., con intervención de Ministerio Fiscal, Fondo de Garantía Salarial

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona)

«Procedimiento prejudicial — Política social — Despidos colectivos — Directiva 98/59/CE — Artículo 1, apartado 1, letra a) — Período de referencia a efectos del cómputo del número de despidos»


Propongo al Tribunal de Justicia que responda a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona de la siguiente manera:

«El artículo 1, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos, debe interpretarse en el sentido de que se refiere a cualquier período de 30 o de 90 días consecutivos que incluya el despido del trabajador objeto de enjuiciamiento.»


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