Asunto C‑300/19
UQ contra Marclean Technologies, S. L. U., con intervención de Ministerio Fiscal, Fondo de Garantía Salarial
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona)
«Procedimiento
prejudicial — Política social — Despidos colectivos — Directiva
98/59/CE — Artículo 1, apartado 1, letra a) — Período de referencia a
efectos del cómputo del número de despidos»
Propongo al Tribunal
de Justicia que responda a las cuestiones prejudiciales planteadas por
el Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona de la siguiente manera:
«El
artículo 1, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/59/CE del Consejo,
de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones
de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos, debe
interpretarse en el sentido de que se refiere a cualquier período de 30
o de 90 días consecutivos que incluya el despido del trabajador objeto
de enjuiciamiento.»
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