viernes, 16 de junio de 2023

Sentencia Ministero dell'Istruzione de 15 de junio de 2023

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 15 de junio de 2023 (*)

 

«Procedimiento prejudicial — Libre circulación de los trabajadores — Artículo 45 TFUE — Reglamento (UE) n.º 492/2011 — Artículo 3, apartado 1 — Obstáculo — Igualdad de trato — Procedimiento de elaboración de listas para la asignación de puestos en determinados centros públicos nacionales — Requisito de admisión ligado a la experiencia profesional anterior adquirida en esos centros — Normativa nacional que no permite que se tenga en cuenta la experiencia profesional adquirida en otros Estados miembros — Justificación — Objetivo de lucha contra la precariedad»

 

En el asunto C132/22, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunale amministrativo regionale per il Lazio (Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Lacio, Italia), mediante resolución de 13 de diciembre de 2021, recibida en el Tribunal de Justicia el 25 de febrero de 2022, en el procedimiento entre

BM, NP y Ministero dell’Istruzione, dell’Università e della Ricerca — MIUR,

el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) declara:

El artículo 45 TFUE y el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que establece que únicamente los candidatos que hayan adquirido cierta experiencia profesional en los centros públicos nacionales de formación superior artística, musical y coreográfica podrán ser admitidos en un procedimiento de inclusión en las listas elaboradas para la contratación, mediante contratos de trabajo por tiempo indefinido o de duración determinada, de personal en esos centros y que impide de tal manera que se tenga en cuenta, a efectos de la admisión en el referido procedimiento, la experiencia profesional adquirida en otros Estados miembros.

 

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=C60D047CBCCAB570161A66D7EB885797?text=&docid=274649&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=251071

 

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