SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)
de 22 de junio de
2023 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Política social — Trabajo a través de empresas de trabajo temporal — Directiva
2008/104/CE — Artículo 1 — Ámbito de aplicación — Concepto de “puesta a
disposición de manera temporal” — Transmisión por el empleador a una empresa tercera
de las funciones desempeñadas por un trabajador — Puesta a disposición
permanente del trabajador manteniendo su contrato de trabajo inicial»
En el asunto C‑427/21,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por el Bundesarbeitsgericht (Tribunal Supremo de
lo Laboral, Alemania), mediante resolución de 16 de junio de 2021, recibida en
el Tribunal de Justicia el 14 de julio de 2021, en el procedimiento entre
LD y ALB FILS Kliniken GmbH,
el Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
declara:
El artículo 1, apartado 1, en
relación con el artículo 3, apartado 1, letras b) a e), de la Directiva
2008/104/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008,
relativa al trabajo a través de empresas de trabajo temporal, debe interpretarse
en el sentido de que esta Directiva no resulta aplicable a una situación en la
que, por un lado, las funciones ejercidas por un trabajador son transmitidas
con carácter definitivo por su empleador a una empresa tercera y, por otro, el
trabajador, cuya relación laboral con ese empleador se mantiene por haber
ejercido el trabajador su derecho de oposición a la transmisión de su relación
laboral a la empresa tercera, puede quedar obligado, a requerimiento de su
empleador, a realizar con carácter permanente la prestación laboral determinada
en su contrato de trabajo en el establecimiento de la empresa tercera y verse
sometido a estos efectos, tanto en el plano organizativo como en el técnico, a
la facultad de dirección de esta última.
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