SENTENCIA DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA (Sala Tercera)
de 15 de septiembre
de 2022
«Procedimiento prejudicial —
Directiva 2004/38/CE — Derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros
de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados
miembros — Artículo 3, apartado 2, párrafo primero, letra a) — Concepto de
“otro miembro de la familia que viva con el ciudadano de la Unión beneficiario
del derecho de residencia con carácter principal” — Criterios de apreciación»
En el asunto C‑22/21,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por la Supreme Court (Tribunal Supremo, Irlanda),
mediante resolución de 13 de enero de 2021, recibida en el Tribunal de Justicia
el 14 de enero de 2021, en el procedimiento entre
SRS, AA y Minister for Justice and Equality,
el Tribunal de Justicia (Sala
Tercera) declara:
El artículo 3, apartado 2,
párrafo primero, letra a), de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de
la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en
el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento
(CEE) n.º 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE,
72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y
93/96/CEE, debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «cualquier
otro miembro de la familia que viva con el ciudadano de la Unión beneficiario
del derecho de residencia con carácter principal», al que se refiere esta
disposición, designa a las personas que mantienen con ese ciudadano una
relación de dependencia, basada en vínculos personales estrechos y estables,
creados en el seno de una misma unidad familiar, en el marco de una convivencia
doméstica que va más allá de una mera cohabitación temporal, determinada por
razones de simple conveniencia.
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