lunes, 24 de junio de 2019

Sentencia Hakelbracht de 20 de junio de 2019


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera)
de 20 de junio de 2019 (*)

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2006/54/CE — Igualdad de trato entre hombres y mujeres — Acceso al empleo y condiciones de trabajo — Artículo 24 — Protección contra las medidas de represalia — Negativa a contratar a una candidata debido a su embarazo — Trabajador que intervino en favor de esa candidata — Despido del trabajador»

En el asunto C404/18, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el arbeidsrechtbank Antwerpen (Tribunal de lo Laboral de Amberes, Bélgica), mediante resolución de 23 de mayo de 2018, recibida en el Tribunal de Justicia el 19 de junio de 2018, en el procedimiento entre

Jamina Hakelbracht, Tine Vandenbon, Instituut voor de Gelijkheid van Vrouwen en Mannen, y WTG Retail BVBA,

el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara:

El artículo 24 de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, en virtud de la cual, en una situación en la que una persona que se considera víctima de una discriminación por razón de sexo ha presentado una reclamación, un trabajador que le ha prestado apoyo en ese contexto únicamente está protegido contra las medidas de represalia tomadas por el empresario si ha intervenido como testigo en el marco de la instrucción de esa reclamación y su testimonio cumple los requisitos formales previstos por dicha normativa.


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