jueves, 16 de mayo de 2024

Sentencia FV de 16 de mayo de 2024

 SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera)

de 16 de mayo de 2024 (*)


«Procedimiento prejudicial — Artículo 45 TFUE — Libre circulación de los trabajadores — Igualdad de trato — Ventajas sociales — Reglamento (UE) n.º 492/2011 — Artículo 7, apartado 2 — Subsidio familiar — Trabajador que tiene atribuida la custodia de un menor acogido en su hogar en virtud de una resolución judicial — Trabajador residente y trabajador no residente — Diferencia de trato — Inexistencia de justificación»

En el asunto C‑27/23 [Hocinx – denominación ficticia], que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Cour de cassation (Tribunal de Casación, Luxemburgo), mediante resolución de 19 de enero de 2023, recibida en el Tribunal de Justicia el 23 de enero de 2023, en el procedimiento entre

FV y Caisse pour l’avenir des enfants,

el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara:

El artículo 45 TFUE y el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la legislación de un Estado miembro en virtud de la cual un trabajador no residente no puede percibir una prestación familiar vinculada al ejercicio, por su parte, de una actividad por cuenta ajena en dicho Estado miembro por un menor acogido en su hogar en virtud de una resolución judicial y cuya custodia tiene atribuida, mientras que un menor que haya sido objeto de un acogimiento judicial y que resida en ese Estado miembro tiene derecho a percibir dicha prestación, que se abona a la persona física o jurídica encargada de la custodia de ese menor. La circunstancia de que el trabajador no residente se haga cargo de la manutención del menor acogido solo puede tenerse en cuenta en el marco de la concesión de una prestación familiar a ese trabajador por un menor acogido en su hogar si la legislación nacional aplicable establece tal requisito para la concesión de dicha prestación a un trabajador residente que tenga atribuida la custodia de un menor acogido en su hogar.


https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=E6C72847B3D6EA870F8245878D279FA2?text=&docid=286146&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=2033071


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