jueves, 9 de diciembre de 2021

Sentencia WD de 25 de noviembre de 2021

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Séptima)

de 25 de noviembre de 2021 (*)

 

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2003/88/CE — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Artículo 7, apartado 1 — Derecho a una compensación económica por las vacaciones anuales no disfrutadas antes de la extinción de la relación laboral — Extinción anticipada de la relación laboral debida al empleado»

En el asunto C233/20, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo de lo Civil y Penal, Austria), mediante resolución de 29 de abril de 2020, recibida en el Tribunal de Justicia el 4 de junio de 2020, en el procedimiento entre

WD y job-medium GmbH, en liquidación,

el Tribunal de Justicia (Sala Séptima) declara:

1)      El artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, en relación con el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional en virtud de la cual no se adeuda compensación económica alguna por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas correspondientes al último año de empleo en curso cuando el trabajador pone fin a la relación laboral anticipada y unilateralmente sin causa justa.

2)      No es necesario que el juez nacional compruebe si el trabajador no pudo disfrutar de los días de vacaciones a los que tenía derecho.

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=250044&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=6715399

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario