SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda)
de 10 de octubre de
2019 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Libre circulación de personas — Artículo 45 TFUE — Trabajadores — Reglamento
(UE) n.º 492/2011 — Artículo 7, apartado 1 — Senior lecturers/postdoc —
Limitación del cómputo de los períodos anteriores de actividad relevante cumplidos
en otro Estado miembro — Sistema de retribución que vincula el beneficio de una
retribución más elevada a la antigüedad acumulada en el empresario actual»
En el asunto C‑703/17,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por el Oberlandesgericht Wien (Tribunal Superior
Regional de Viena, Austria), mediante resolución de 7 de diciembre de 2017,
recibida en el Tribunal de Justicia el 15 de diciembre de 2017, en el
procedimiento entre
Adelheid Krah y Universität Wien,
el Tribunal de Justicia (Sala
Segunda) declara:
El artículo 45 TFUE, apartado 1,
debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de una
universidad de un Estado miembro como la controvertida en el litigio principal,
que, para establecer la categoría salarial de un trabajador como senior
lecturer/postdoc en esa universidad, solo computa hasta una duración máxima de
cuatro años los períodos anteriores de actividad cumplidos por ese trabajador
en otro Estado miembro, si esa actividad era equivalente, o incluso idéntica, a
la que dicho trabajador debe ejercer en el marco de la función de senior
lecturer/postdoc.
El artículo 45 TFUE y el artículo
7, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los
trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que no se
oponen a una normativa de ese tipo si la actividad anteriormente desempeñada en
ese otro Estado miembro no era equivalente, sino que resultaba meramente útil
para el ejercicio de la citada función de senior lecturer/postdoc.
No hay comentarios:
Publicar un comentario