SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Séptima)
de 14 de marzo de
2019 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Seguridad social — Acuerdo sobre la Libre Circulación de Personas entre la
Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación
Suiza, por otra — Reglamento (CE) n.º 883/2004 — Artículo 3 — Ámbito de
aplicación material — Gravámenes sobre los rendimientos del patrimonio de un
residente francés afiliado al régimen de seguridad social suizo —
Contribuciones destinadas a la financiación de dos prestaciones gestionadas por
la Caisse nationale de solidarité pour l’autonomie — Relación directa y
suficientemente pertinente con determinadas ramas de seguridad social —
Concepto de “prestación de seguridad social” — Apreciación individual de las
necesidades personales del solicitante — Toma en consideración de los recursos
del solicitante al calcular el importe de las prestaciones»
En el asunto C‑372/18,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por la cour administrative d’appel de Nancy
(Tribunal de Apelación de lo Contencioso-Administrativo de Nancy, Francia),
mediante resolución de 31 de mayo de 2018, recibida en el Tribunal de Justicia
el 7 de junio de 2018, en el procedimiento entre
ministre de l’Action et des
Comptes publics y Sr. Raymond Dreyer y esposa,
el Tribunal de Justicia (Sala
Séptima) declara:
El artículo 3 del Reglamento (CE)
n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,
sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, debe interpretarse
en el sentido de que, a efectos de su calificación de «prestación de seguridad
social» en el sentido de dicha disposición, ha de considerarse que prestaciones
como la asignación personalizada de autonomía y la prestación compensatoria de
discapacidad se conceden al margen de cualquier apreciación individual de las
necesidades personales del beneficiario, habida cuenta de que los recursos de
este último únicamente se toman en consideración a fin de calcular el importe
efectivo de dichas prestaciones de acuerdo con criterios objetivos y legalmente
definidos.
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