miércoles, 13 de marzo de 2019

Sentencia Gemeinsamer Betriebsrat EurothermenResort de 13 de marzo de 2019


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta)
de 13 de marzo de 2019 (*)


«Procedimiento prejudicial — Libre circulación de los trabajadores — Artículo 45 TFUE — Reglamento (UE) n.º 492/2011— Artículo 7, apartado 1 — Prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad — Derecho a vacaciones anuales retribuidas en función de la antigüedad del trabajador en la empresa — Cómputo parcial de los períodos de trabajo anteriores prestados en otras empresas — Derecho laboral — Disparidad entre los regímenes y las legislaciones de los Estados miembros»

En el asunto C437/17, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo de lo Civil y Penal, Austria), mediante resolución de 29 de junio de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia el 19 de julio de 2017, en el procedimiento entre

Gemeinsamer Betriebsrat EurothermenResort Bad Schallerbach GmbH y EurothermenResort Bad Schallerbach GmbH,

el Tribunal de Justicia (Sala Quinta) declara:

El artículo 45 TFUE y el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que, para determinar si un trabajador con un total de veinticinco años de actividad profesional tiene derecho a un incremento de sus vacaciones anuales retribuidas de cinco a seis semanas, prevé que los años de trabajo prestados en el marco de una o varias relaciones laborales anteriores a la que mantiene con su empresa actual solo se computan hasta un máximo de cinco, aunque su número real sea superior.


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