martes, 29 de enero de 2019

STJ Zyla de 23 de enero de 2019


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima)
de 23 de enero de 2019 (*)

«Procedimiento prejudicial — Libre circulación de los trabajadores — Igualdad de trato — Impuestos sobre la renta — Cotizaciones a la seguridad social — Trabajador que ha abandonado el Estado miembro de empleo durante el año natural — Aplicación de la regla prorata temporis a la reducción del abono de las cotizaciones»

En el asunto C272/17, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Hoge Raad der Nederlanden (Tribunal Supremo de los Países Bajos), mediante resolución de 12 de mayo de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia el 18 de mayo de 2017, en el procedimiento entre

K. M. Zyla y  Staatssecretaris van Financiën,

el Tribunal de Justicia (Sala Décima) declara:

El artículo 45 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro que, para establecer el importe de las cotizaciones a la seguridad social debidas por un trabajador, prevé que la reducción de las cotizaciones a la que un trabajador tiene derecho en relación con un año natural, es proporcional al período durante el cual ese trabajador está afiliado al régimen de seguridad social de dicho Estado miembro, excluyendo así de la reducción anual una parte de esta proporcional al período durante el cual ese trabajador no estuvo afiliado a dicho régimen y residió en otro Estado miembro sin ejercer en él actividad profesional alguna.



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