SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)
de 21 de diciembre de
2016 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Política social — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea —
Directiva 2000/78/CE — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Artículo
2, apartados 1 y 2 — Discriminación por razón de la edad — Convenio colectivo
de trabajo — Alargamiento del plazo de ascenso del primer nivel salarial al
segundo — Desigualdad de trato indirecta por motivos de edad»
En el asunto C‑539/15,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por el Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo
Civil y Penal, Austria), mediante resolución de 24 de septiembre de 2015,
recibida en el Tribunal de Justicia el 15 de octubre de 2015, en el
procedimiento entre
Daniel Bowman y Pensionsversicherungsanstalt,
el Tribunal de Justicia (Sala
Sexta) declara:
El artículo 2, apartados 1 y 2,
de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a un convenio
colectivo de trabajo nacional como el controvertido en el litigio principal,
con arreglo al cual un empleado cuyos períodos de escolaridad se computen a
efectos de clasificación en el nivel salarial correspondiente queda sometido a
un alargamiento del plazo de ascenso de nivel desde el primer nivel salarial al
segundo, dado que ese alargamiento del plazo se aplica a todos los empleados
cuyos períodos de escolaridad se computen, incluidos, con carácter retroactivo,
los empleados que ya hayan alcanzado los siguientes niveles.
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