SENTENCIA DEL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)
de 12 de octubre de
2023 (*)
«Procedimiento prejudicial —
Política social — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores
— Ordenación del tiempo de trabajo — Directiva 2003/88/CE — Artículo 7,
apartado 1 — Derecho a vacaciones anuales retribuidas — Trabajador por cuenta
ajena ilícitamente despedido y readmitido en sus funciones mediante resolución
judicial — Exclusión del derecho a vacaciones anuales retribuidas no
disfrutadas por el período comprendido entre el despido y la readmisión —
Período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de la readmisión»
En el asunto C‑57/22,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con
arreglo al artículo 267 TFUE, por el Nejvyšší soud (Tribunal Supremo de lo
Civil y Penal, República Checa), mediante resolución de 6 de diciembre de 2021,
recibida en el Tribunal de Justicia el 28 de enero de 2022, en el procedimiento
entre
YQ y Ředitelství silnic a dálnic ČR,
el Tribunal de Justicia (Sala
Sexta) declara:
El artículo 7, apartado 1, de la
Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de
2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo,
debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional
en virtud de la cual un trabajador ilícitamente despedido y posteriormente
readmitido en su puesto de trabajo, de conformidad con el Derecho nacional, a
raíz de la anulación de su despido mediante resolución judicial, no tiene
derecho a vacaciones anuales retribuidas por el período comprendido entre la
fecha del despido y la fecha de su readmisión, debido a que, durante ese
período, el referido trabajador no realizó un trabajo efectivo al servicio del
empresario, toda vez que este último no le asignó un trabajo y que ya disfruta,
con arreglo al Derecho nacional, de una compensación financiera por dicho
período.
No hay comentarios:
Publicar un comentario