jueves, 7 de mayo de 2020

Sentencia VO de 7 de mayo de 2020


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Octava)

de 7 de mayo de 2020 (*)

«Procedimiento prejudicial — Transportes por carretera — Días de trabajo y días de descanso — Tacógrafos digitales — Reglamento (UE) n.º 165/2014 — Falta de registro de los días de trabajo en la tarjeta de conductor e inexistencia de hojas de registro — Normativa nacional que en tales circunstancias impone al conductor la obligación de presentar una certificación de su empleador — Validez del impreso que figura en el anexo de la Decisión 2009/959/UE»

En el asunto C96/19, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Landesverwaltungsgericht Niederösterreich (Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Baja Austria, Austria), mediante resolución de 4 de febrero de 2019, recibida en el Tribunal de Justicia el 8 de febrero de 2019, en el procedimiento entre

VO y Bezirkshauptmannschaft Tulln,

el Tribunal de Justicia (Sala Octava) declara:

1)      El artículo 34, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera, debe interpretarse en el sentido de que en el ámbito de aplicación de la prohibición que establece no está comprendida una normativa nacional que impone al conductor de un vehículo equipado con un tacógrafo digital la obligación de presentar como medio de prueba subsidiaria de sus actividades, en defecto de registros automáticos y manuales en el tacógrafo, una certificación de actividades expedida por su empleador conforme al impreso que figura en el anexo de la Decisión 2009/959/UE de la Comisión, de 14 de diciembre de 2009, que modifica la Decisión 2007/230/CE, sobre un impreso relativo a las disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera.

2)      El examen de la segunda cuestión prejudicial no ha puesto de manifiesto la existencia de ningún elemento que pueda afectar a la validez del impreso que figura en el anexo de la Decisión 2009/959.


No hay comentarios:

Publicar un comentario