Asunto C‑322/17
Eugen Bogatu contra Minister for Social Protection
[Petición de decisión prejudicial planteada por la
High Court (Tribunal Superior, Irlanda)]
«Procedimiento prejudicial — Seguridad social de los
trabajadores migrantes — Prestaciones familiares solicitadas por un nacional de
un Estado miembro que perdió su empleo y tiene familiares que residen en un
Estado miembro distinto del Estado miembro de empleo — Reglamento (CE)
n.º 883/2004 — Artículo 68 — Normas de prioridad en caso de acumulación de
derechos — Concepto de “actividad por cuenta ajena”»
A la luz del conjunto de consideraciones que preceden, propongo al Tribunal de
Justicia que responda a las cuestiones prejudiciales planteadas por la High
Court (Tribunal Superior, Irlanda), tal y como las he reformulado en las
presentes conclusiones, del siguiente modo:
El artículo 68, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los
sistemas de seguridad social, debe interpretarse en el sentido de que una
persona que, tras haber estado trabajando en el Estado miembro de acogida,
únicamente recibe prestaciones no contributivas de dicho Estado, permaneciendo
asegurada en el sistema de seguridad social de este último Estado, tiene derecho
a percibir prestaciones familiares en virtud de tal estatuto, a efectos de
determinar el Estado miembro prioritariamente competente para pagar dichas
prestaciones, siempre que su situación esté comprendida en los conceptos de
“actividad por cuenta ajena” o de “actividad asimilada”, tal y como se definen
en el artículo 1, letra a), del Reglamento n.º 883/2004. Incumbe al órgano
jurisdiccional remitente comprobar ese extremo
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