lunes, 30 de noviembre de 2020

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. HENRIK SAUGMANDSGAARD ØE presentadas el 25 de noviembre de 2020

Asunto C795/19

XX contra Tartu Vangla, con intervención de: justiitsminister, Tervise- ja tööminister, õiguskantsler

[Petición de decisión prejudicial planteada por el Riigikohus (Tribunal Supremo, Estonia)]

«Procedimiento prejudicial — Política social — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Directiva 2000/78/CE — Prohibición de discriminación por motivos de discapacidad — Artículo 2, apartado 2, letra a) — Normativa nacional que fija un nivel mínimo de capacidad auditiva para el ejercicio de la actividad de funcionario de prisiones — Capacidad auditiva inferior al nivel exigido — Motivo de exclusión absoluto para ejercer la actividad — Artículo 4, apartado 1 — Requisito profesional esencial y determinante — Justificación — Artículo 2, apartado 5 — Artículo 5 — Obligación del empresario de realizar ajustes razonables — Proporcionalidad»

 A la vista de las consideraciones anteriores, propongo al Tribunal de Justicia que responda a la cuestión prejudicial planteada por el Riigikohus põhiseaduslikkuse järelevalve kolleegium (Tribunal Supremo, Sala de Control de Constitucionalidad, Estonia), del modo siguiente:

«El artículo 2, apartado 2, letra a), de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, en relación con el artículo 4, apartado 1, y el artículo 5 de dicha Directiva, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que establece la imposibilidad absoluta de mantener en su puesto a un funcionario de prisiones por el único motivo de que su agudeza auditiva es inferior al nivel fijado reglamentariamente, sin que el empresario examine si esta persona puede desempeñar las funciones derivadas de su puesto, en su caso, tras la realización de ajustes razonables en el sentido del citado artículo 5, tales como destinarlo a un servicio concreto o autorizarle a usar un audífono.»

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario