miércoles, 8 de mayo de 2019

Sentencia SF de 8 de mayo de 2019


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera)
de 8 de mayo de 2019 (*)

«Procedimiento prejudicial — Seguridad social de los trabajadores migrantes — Reglamento (CE) n.º 883/2004 — Artículo 11, apartado 3, letra e) — Nacional de un Estado miembro empleado como marinero a bordo de un buque que enarbola pabellón de un tercer Estado — Empresario establecido en un Estado miembro distinto del Estado miembro de residencia del trabajador — Determinación de la legislación aplicable»

En el asunto C631/17, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Hoge Raad der Nederlanden (Tribunal Supremo de los Países Bajos), mediante resolución de 27 de octubre de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia el 9 de noviembre de 2017, en el procedimiento entre

SF e Inspecteur van de Belastingdienst,

el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara:

El artículo 11, apartado 3, letra e), del Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.º 465/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, debe interpretarse en el sentido de que una situación como la del litigio principal, en la que una persona, pese a trabajar como marinero por cuenta de un empresario con domicilio en un Estado miembro, en un buque que enarbola pabellón de un tercer Estado y que navega fuera del territorio de la Unión, ha conservado su residencia en su Estado miembro de origen, está comprendida en el ámbito de aplicación de la citada disposición, de modo que la legislación nacional aplicable es la del Estado miembro de residencia de esa persona.


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