lunes, 21 de agosto de 2017

Sentencia Hälvä de 26 de julio de 2017



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta)

de 26 de julio de 2017 (*)

«Procedimiento prejudicial — Directiva 2003/88/CE — Artículo 17 — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Complementos retributivos — Asociación de protección de la infancia — “Padres de los niños de la aldea infantil” — Ausencia temporal de los “padres titulares” —Trabajadores contratados como “padres sustitutos” — Concepto»

En el asunto C175/16, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Korkein oikeus (Tribunal Supremo, Finlandia), mediante resolución de 24 de marzo de 2016, recibida en el Tribunal de Justicia el 29 de marzo de 2016, en el procedimiento entre

Hannele Hälvä, Sari Naukkarinen, Pirjo Paajanen, Satu Piik y SOS-Lapsikylä ry,

el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:

El artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que no puede aplicarse a una actividad por cuenta ajena, como la controvertida en el litigio principal, consistente en encargarse de unos niños en condiciones análogas a las de una familia, sustituyendo a la persona encargada, con carácter principal, de tal misión, cuando no queda acreditado que la jornada íntegra de trabajo no tiene una duración medida o establecida previamente o cuando puede ser determinada por el propio trabajador, extremo que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.


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