viernes, 10 de junio de 2016

Sentencia Eurospeed de 9 de junio de 2016



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 9 de junio de 2016 (*)

«Procedimiento prejudicial — Transportes por carretera — Reglamento (CE) n.º 561/2006 — Responsabilidad del conductor por incumplir la obligación de utilizar un tacógrafo»

En el asunto C287/14, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Gyulai törvényszék (Tribunal General de Gyula, Hungría), mediante resolución de 4 de junio de 2014, recibida en el Tribunal de Justicia el 11 de junio de 2014, en el procedimiento entre

Eurospeed Ltd y Szegedi törvényszék,

el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) declara:

El Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos del Consejo (CEE) n.º 3821/85 y (CE) n.º 2135/98 y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que, en lugar de a la empresa de transporte para la que trabaja el conductor o además de a ésta, hace responsable a ese conductor de las infracciones del referido Reglamento que éste cometa.

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